Salvador Muñoz
Los Políticos
Las recientes reformas al marco constitucional y orgánico de la Fiscalía General del Estado (FGE) en Veracruz reactivaron un viejo debate jurídico: la tensión entre “autonomía institucional” y control político del sistema de procuración de justicia.
Sobre el papel, la modificación es sencilla: el Poder Ejecutivo recupera la facultad de designar y remover al Fiscal, y el periodo del encargo se reduce de nueve a cuatro años, con posibilidad de una sola ratificación.
Desde una perspectiva normativa, sí: se restringe la formalidad de autonomía, pero desde una lectura funcional –la que importa en un Estado donde el Derecho suele ser aspiración más que práctica– la reforma sólo transparenta un esquema de subordinación histórica.
Conviene recordar que la “autonomía constitucional de la FGE” nunca generó independencia efectiva. La teoría administrativa habla de “autonomías débiles”, instituciones que, pese a su diseño, carecen de elementos reales para operar sin injerencia. Veracruz es un caso de estudio: Luis Ángel Bravo ejecutaba las directrices del duartismo; Jorge Winckler no era un fiscal, sino un empleado del yunismo; Verónica Hernández Giadáns funcionó como enlace operativo del Black Power y no del Cuitlahuismo. La captura institucional, pues, no nació con la reforma: simplemente se hacía pasar por coordinación interinstitucional.
En términos de política pública, la reforma tiene dos efectos relevantes:
Primero, el Ejecutivo asume sin cortinas la responsabilidad sobre el desempeño de la FGE. La procuración de justicia es un indicador transversal: si la impunidad aumenta, la percepción ciudadana no distingue entre fiscalía “autónoma” y gobierno estatal… culpa al régimen en turno. Con el nuevo diseño, ahora sí jurídicamente procede esa imputación.
Nada de simulaciones. Si la justicia falla, no habrá más “coartadas administrativas”.
Segundo, se consolida un modelo de dependencia jerárquica: el Fiscal pasa de ser un órgano constitucional autónomo a convertirse, de facto y de jure, en parte del aparato ejecutivo. Desde la técnica organizacional, esto elimina un contrapeso pero aumenta la responsabilidad política directa. El dilema es que, en Veracruz, la profesionalización administrativa suele ser la primera sacrificada cuando entra en escena el criterio de “lealtad”. Y si algo ha quedado demostrado en esta administración es la tendencia a blindar al funcionario más incompetente, siempre y cuando sea obediente. En tal ecosistema, exigir la renuncia por ineficacia resulta casi una fantasía normativa.
El verdadero alcance de la reforma consiste en formalizar lo que durante décadas operó informalmente: la Fiscalía como brazo ejecutor de la política penal del gobernador en turno y solapa o tapadera de la corrupción interna. No es un retroceso novedoso; es la oficialización de una práctica que nunca desapareció, pese a los disfraces constitucionales. Si hay un matiz positivo –desde el análisis técnico, no desde el entusiasmo político– es que se elimina la simulación jurídica de una autonomía inexistente. Lo que antes se hacía en lo oscurito ahora se hará por decreto.
En resumen, la reforma no destruye un modelo de autonomía, porque ese modelo nunca funcionó. Solo ordena el tablero conforme a la realidad: el titular de la justicia en Veracruz seguirá siendo un operador del Poder Ejecutivo. La diferencia es que esta vez el Derecho ya no pretende fingir lo contrario.






























