EL EFECTIVO

APUNTES SOBRE FINANZAS

POR: JUAN F. AGUILAR DE LA LLAVE

EL EFECTIVO.

 

El efectivo un bien o valor intangible representado por el dinero; papel moneda, o bien otros activos de fácil realización, de los que se dice ¡Es como el efectivo!, como es el caso del oro y la plata, ahora se asemejan los bitcoins. No es otra cosa: “Un bien que todos quieren”.

El dinero es antiguo no como la humanidad, su antecedente es el trueque medio por el cual se obtenían alimentos, cosas u objetos, que no tenia un clan o tribu.

Posteriormente Roma organizo bien la medida de valor con el “Denario” origen de la palabra dinero, cuya pieza más apreciada eran los sestercios, no había “Legión”, que no ambicionara tenerlos.

Los primeros que establecieron la moneda fueron los turcos en el siglo VI antes de cristo, con el rey Alayattes que emitió la moneda “León”, utilizando el oro y la plata, otra moneda fué emitida años después por el imperio griego con la efigie de Alejandro Magno, los chinos utilizaron la plata y fueron los precursores de los billetes que Marco Palo trajo a Europa y es ahí donde se extendió su uso.

Los mongoles con el emperado Kubali Kan fueron los precursores de las garantías, pues certificaron los billetes con la existencia de un deposito en oro, este es el antecedente del cheque.

El cheque aparece en Inglaterra en el siglo XVIII, legalizándose su uso a principios del XIX.

Podremos citar a la tarjeta “Dinners Club” como el primer medio de un platico aceptado donde al presentarla se tomaba como pago para el Club y posteriormente el comensal lo   pagaba; desde luego con un cargo adicional.

Bank of America crea Visa en 1958 y al Inter bank card association, con Master Card, año en que aparece American Express.

Todo esto es muy bonito para llegar a la conclusion que el dinero; es un bien con un denominador “ Todos lo Quemos”, que tiene mil maneras de manifestarse una de ellas es el “Efectivo”

Todas las demás formas de intercambio aceptado, tienen referencia; es decir se sabe de donde provienen, pero el efectivo no; es un bien que no tiene dueño; tiene poseedor, de ahí que la evolucion monetaria, ha traido consigo la evolucion de las haciendas públicas concretamente los “Fiscos”, que son los encargados de recolectar los impuestos.

Entidades que quieren saber: quien es quien; cuanta gana;  el origen de sus ingresos;  de su  riqueza; concretamente  que la fortuna tenga un origen licito y que haya pagado sus impuestos.

Pero, los que no consideran esta norma; son aquellos que tienen un modo ilicito de ingresos, por comerciar con productos prohibidos o por traficarlos; como es el crimen organizado y aquellos que no detecta el fisco como el comercio informal, que en terminos generales no pagan o pagan impuestos no acordes a sus ingresos.

Su caracteristica; todo lo hacen en efectivo o quieren cambiarlo por otros valores que lo legitimen; de ahí que el Fisco ponga sus reglas para combatirlo, por eso combate el efectivo, busca medios a los cuales pueda tener acceso, como son los bancos, notarios, grandes comercios y todo aquello que le permita saber la pista del dinero.

La ley del ISR en su articulo 55 frac. IV cita: Las instituciones financieras que integran el sistema, tendran además las siguentes obligaciones: (abreviado)

IV: Proporcionar mensualmente a partir del dia 17 de cada mes la información de los depósitos en efectivo que se realicen a o en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes; cuando el monto mensual acumulado exceda de $ 15,000.00.

Se entiende como deposito en efectivo, los realizado en moneda nacional o extranjera que se ralicen en cualquier cuenta a su nombre, no se considerarn aquellas realizadas por transferencia electronica o traspaso entre cuentas.

Informacion que esta reglamentada en la miscelanea fiscal 2021; apartado 3.5.13,14,15.

La medida es que todo aquel dinero en efectivo esta sujeta al Impuesto sobre depósitos en efectivo IDE y de acuerdo con las publicaciones realizadas, estará a cargo de las instituciones financieras el gravarlo.

Por su parte el SAT a partir de 2022 pondra atención mayor a esta práctica, lo importante es conocer los  movimientos de los causantes en efectivo.

Otra ley; la de Prevencion e Identificacion de Operaciones de Procedencia licita, acepta que pagues en efectivo los siguientes bienes; desde luego con la declaración a la autoridad:

  • Compra-venta de inmuebles: $ 719,200.50 o 8,025 umas.
  • Compra-Venta de vehiculos nuevos o usados, aereos o terrestres: $287,680.20 o 3,210 umas.
  • Compra Venta de relojes, joyeria, metales y piedras precisosas, por pieza o lote asi como obras de arte:  $ 287,680.20, misma cantidad que aplica para arrendamiento de inmuebles, servicios de blindaje, concursos o sorteos, compra venta de acciones o parte sociales.

Desde luego como lo referí, el efectivo que se pague, debera tener una procedencia licita; pero las cantidades  mayores a los $ 15,000 por depositos a cuentas de contribuyentes, pgo de tarjetas de credito,están gravados.

Estamos bien controlados por la autoridad fiscal; asi que usted decide sobre sus finanzas, y en caso de duda consulte a su contador.

JFA 21-02.22  www.sinergiaenpromocion.com.mx