* POR QUÉ ‘RENUNCIÓ’ CADENA

AL PIE DE LA LETRA

Raymundo Jiménez

 

* POR QUÉ ‘RENUNCIÓ’ CADENA

 

Aunque el gobernador Cuitláhuac García fue muy elogioso al despedir públicamente este lunes al ex secretario de Desarrollo Agropecuario, Eduardo Cadena Cerón, trascendió que entre el mandatario veracruzano y su ex colaborador se dio previamente un fuerte encontronazo derivado del polémico Decreto 850, aprobado a finales de marzo pasado por la LV Legislatura local, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Ganadera para el Estado de Veracruz, por lo que ha sido impugnado por el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Julio Scherer Ibarra, quien el mes anterior promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) juicio de Controversia Constitucional en contra del Poder Ejecutivo estatal y Congreso local.

 

Mediante el Oficio No. 1. 833/2021, del 13 de mayo pasado, Scherer Ibarra expone al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presidente de la SCJN, que “el acto reclamado parte del hecho de que el Ejecutivo Estatal transgredió el pacto Federal al emitir un Decreto que pretende otorgar facultades a las autoridades estatales en materia de Sanidad Animal que corresponden al ámbito de competencia de la Federación  y en particular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural…”

 

Y es que el abogado del Poder Ejecutivo de la Federación señala que “la reforma del Decreto establece en sus artículos 70 y Octavo transitorio, que el gobierno cancele y sustituya el uso de arete del Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado (SINIIGA), por el instrumento de identificación para trazabilidad y rastreabilidad de movilidad animal autorizado por el Estado debiendo sustituirse en todas las disposiciones aplicables”, cuando el artículo 1 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal establece “que sus disposiciones son de observancia general en todo el territorio nacional y su aplicación e interpretación –para efectos administrativos– son atribución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, a través del Servicio de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria”.

 

Scherer remarca que en este caso, “el Ejecutivo Estatal no cuenta con atribuciones para establecer lo señalado en los párrafos anteriores a través del Decreto que se contraviene, mientras no le sean descentralizadas dichas atribuciones a través de Convenio, siendo el hecho que en el caso específico NO existe ningún Convenio celebrado por la Federación con el Estado de Veracruz para tales efectos, por lo que de propio derecho el Ejecutivo Estatal NO tiene atribuciones para realizar las acciones reclamadas y contenidas en el multicitado Decreto.”

 

Sin embargo, el Decreto controvertido estipula que todas las Guías de Tránsito deberán ser autorizadas por la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y se expedirán a través del programa Guía Electrónica Veracruzana (GEVER), cuyo cobro correspondiente se incluirá “a la brevedad posible” al Código de Derechos para el Estado de Veracruz, así como las adecuaciones necesarias para el cobro de las infracciones mediante la Oficina Virtual de Hacienda (OVH).

 

Por estas adecuaciones a la Ley Ganadera, el gobierno del estado estimaba ingresar alrededor de 140 millones de pesos al año.

 

Por eso, dicen, Cadena Cerón fue obligado a firmar su renuncia, al negarse a litigar contra la Federación.

 

Y es que además fueron promovidos cuatro juicios de amparo por diferentes representantes de asociaciones ganaderas dentro de los cuales se han dictado suspensiones  provisionales, suspensiones definitivas y negado la suspensión.

 

Por ejemplo, Pedro Olea Bretón, apoderado general de la Unión Ganadera Regional de la Zona Central del Estado de Veracruz, promovió el juicio de amparo 373/2021 ante el Juez Quinto de Distrito del Séptimo Circuito, el cual concedió suspensión definitiva que impide aplicársele a la quejosa el Decreto 850, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Ganadera estatal.

 

Por su parte, Alfonso Gutiérrez Etienne, representante de Praderas Huastecas, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada, promovió el juicio de amparo 393/2021 ante el Juez Primero de Distrito del Séptimo Circuito, quien le concedió también la suspensión definitiva para que continúe desplegando su actividad comercial de acuerdo a lo que dispongan las leyes federales y no se apliquen los efectos y consecuencia del Decreto 850.

 

Griselda Aquino Zeferino, apoderada general de la Unión Ganadera Regional del Norte de Veracruz, promovió por su parte el juicio de amparo número 239/2021-III ante el Juez Octavo de Distrito  del Séptimo Circuito, quien a su vez concedió la suspensión provisional, hasta que no se notifique la resolución de la suspensión definitiva. Ello, para efecto de que no se apliquen en la esfera jurídica de la parte quejosa los efectos y consecuencias de la norma general controvertida, es decir, no puede aplicársele a la quejosa el Decreto 850.

 

Sólo a Jacob Abel Velasco Casarrubias, apoderado general de la Unión Ganadera Regional del Sur de Veracruz, quien promovió el juicio de amparo 435/2021-III ante el Juez Décimo de Distrito del Décimo Circuito, le fue negada la suspensión, aunque el representante legal presentó recurso de queja y está en espera de la resolución que se dicte. Sin embargo, en este momento no hay impedimento para aplicársele al quejoso el decreto 850. En cambio, la Dirección Jurídica de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario consideró que “es importante” que la Dirección de Ganadería informe mediante oficio a los inspectores y supervisores que se encuentran realizando labores de inspección Zoosanitaria dentro del territorio veracruzano que no puede aplicárseles “el Decreto 850 que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Ganadera  para el Estado de Veracruz” a las  Asociaciones Ganaderas Locales pertenecientes a las Uniones Ganaderas Regionales del Centro y Norte de Veracruz, de más de 140 municipios de la entidad que aparecen en una larga lista, desde Pánuco hasta Los Tuxtlas.