Después de enterarnos que los bancos darían a sus clientes la oportunidad de diferir los pagos de sus créditos, muchas dudas han surgido sobre esta ayuda.

Es cierto, ¡ya no se puede confiar en los bancos!, por tal motivo me propongo dar mi versión de los hechos para que Usted la valore como corresponda.

El 25 de marzo del año 2020 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a través del comunicado 029 hizo de conocimiento público las medidas especiales consistentes en criterios contables aplicables a instituciones de crédito, para implementar y llevar a cabo diversos programas dirigidos a sus acreditados cuya falta de liquidez les impidiera pagar con oportunidad; y desde luego para no afectar la estabilidad del sistema financiero por el considerable aumento de su cartera vencida.

Es decir, era previsible que los clientes al corriente ya no iban a poder pagar y había que hacer algo para evitar tantísimos juicios y otra fobaproa… en principio surge la legítima duda del ¿por qué a los bancos sí se les diseña un traje a la medida para que no se afecten y a los empresarios se les abandona a su suerte?

En ese contexto, cabe preguntar, ¿en qué consiste el apoyo que darán los bancos a sus clientes? únicamente en el diferimiento de sus pagos mensuales, hasta por un período de cuatro meses con posibilidad -en algunos casos- de extenderlos dos más, sin que les cobren intereses moratorios, (pero sí ordinarios), el banco se abstendrá durante ese lapso de ejercer acciones de cobranza y reportará a buró esa mora.

¿Quiénes pueden acceder a ese beneficio? Solo aquellos clientes que se encuentren al corriente al día 28 de febrero del año 2020, este programa no aplica para quienes hasta antes de la fecha mencionada ya sostenían moratoria.

¿Para qué tipos de créditos aplica? Créditos de vivienda con garantía hipotecaria, créditos revolventes, créditos personales, créditos de nómina, tarjetas de crédito, microcrédito; así como créditos comerciales dirigidos a personas morales o personas físicas con actividad empresarial en diferentes modalidades, incluidos los agropecuarios.

¿Cómo se accede a estos programas? Cada banco establecerá de manera particular los canales a través de los cuales recibirá las solicitudes y las fechas para hacerlo.

Están por darse a conocer los contenidos de los documentos que deban firmar los beneficiarios del apoyo, por lo que hasta el día de hoy no puedo determinar si la deuda será reestructurada o considerada como un nuevo crédito por el cambio de fecha para el pago. Por ello le pido que tenga cuidado y antes de firmar asesórese en el Barzón porque al final: ¡¿Que nos garantiza que después de 4 meses vamos tener dinero para pagar?! Y no vaya a resultar lo de las UDIS en el 95’, ¿recuerda? Cuando corrieron mejor suerte los que dejaron de pagar que los que aceptaron la ayuda.

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