Subdirección de Comercio no autoriza apertura de negocios

• Su titular, Clorinda Ferral, explica el procedimiento y los requisitos establecidos en el Reglamento para el Desarrollo Económico

La instalación de establecimientos de clase C, como bares, cantinas y centros nocturnos, afirmó la subdirectora de Comercio, Clorinda Ferral Ferrando, al aseverar que en el Ayuntamiento de Xalapa se cumple la ley de manera puntual.

Explicó que el Reglamento para el Desarrollo Económico y Turístico de Xalapa, en sus artículos 24, 26, 27, 28 y 152, establece los requisitos y procedimientos para que, una vez conformado el expediente de solicitud de licencia de funcionamiento, se turne a la Comisión de Comercio, la cual dictamina factible o no factible el funcionamiento de un negocio. Una vez emitido el dictamen, es turnado por el Presidente de la Comisión Edilicia para la aprobación del Cabildo.

Dicha circunstancia –señaló- no ha cambiado en la normatividad. Si bien existe un proyecto para reformar dicho Reglamento, la propuesta es que esa facultad continúe correspondiendo a la Comisión de Comercio, que emitiría la autorización para el establecimiento de ese tipo de giros comerciales, tal como estaba considerado en reglamentos anteriores, ahora abrogados.

Para que un establecimiento comercial giro A (de bajo riesgo), B (mediano riesgo) o C (alto riesgo) sea autorizado, el caso debe pasar por un control que incluye inspecciones y visitas de distintas dependencias municipales, como la Dirección de Desarrollo Urbano, las subdirecciones de Medio Ambiente, Salud y Protección Civil y el Departamento de Inspección y Atención Comercial (DIAC), las cuales emiten constancias o dictámenes que avalan el funcionamiento del negocio.

Por su parte, el DIAC verifica la autenticidad de opinión favorable que hayan emitido los vecinos para el funcionamiento de un negocio, así como la ratificación o constancia que emite el Jefe de Manzana, con la veracidad de la opinión de los vecinos para la operación del giro de que se trate. Todos éstos son requisitos establecidos en las diversas fracciones del artículo 24 del reglamento en cita.

Además, la Subdirección de Comercio implementó solicitar como requisito el aviso de funcionamiento que emite la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), con fundamento en la fracción V del artículo referido, que permite esta circunstancia.

Clorinda Ferral señaló que, como ninguna otra, la actual administración, no sólo no ha incentivado la proliferación de bares y cantinas; antes bien, ha establecido que los comercios que no cuenten con el consentimiento de los vecinos y jefes de manzana sean debidamente regulados o, en su caso, definitivamente cerrados, como ya ha sucedido.

Por tal motivo, concluyó, no podemos afirmar que el desarrollo económico de Xalapa se sustente en este tipo de negocios, ni demeritar los esfuerzos del comercio establecido que realiza actividades importantes para el desarrollo económico de la ciudad en servicios turísticos e inversiones.